Gestación subrogada en Luisiana: la guía completa 2026
Luisiana tiene una ley completa de gestación subrogada, y la misma norma de 2016 convirtió en delito salirse de ella. El § 14:286(B) declara ilícito que cualquier persona celebre, induzca, organice, gestione, anuncie a sabiendas o de otro modo colabore en un contrato de gestación no conforme, con multa de hasta $50,000 y hasta diez años. El marco permitido es estrecho: una pareja casada que aporte solo sus propios gametos, 180 días de domicilio en Luisiana por ambas partes, declaración jurada de necesidad médica, aprobación judicial antes de la transferencia y ninguna compensación. Ivy no realiza emparejamientos en Luisiana.
De un vistazo
- Estado legal
- Permitida con condiciones
- Orden previa al nacimiento
- Sí
- Estatuto clave
- Louisiana permits gestational surrogacy only for a married couple who each contribute their own gametes, with 180-day Louisiana domicile on both sides, a medical-necessity affidavit, court approval before transfer and no compensation (R.S. 9:2718 et seq.). R.S. 14:286(B) makes arranging or assisting a non-compliant contract a crime punishable by up to $50,000 and ten years.
- Caso clave
- Foret v. Serrano, 2023 CW 1034 (La. App. 1 Cir. Apr. 30, 2024), 395 So. 3d 876, is a published court of appeal decision arising from a gestational carrier birth. A Texas carrier bore one spouse's biological child during the marriage; on divorce the trial court decreed the other spouse not a parent, and the First Circuit held Civil Code article 185's marital presumption inapplicable because no spouse gave birth, then denied the writ. It did not decide enforcement of a compliant Louisiana carrier contract or any question under R.S. 14:286.
La subrogación en Louisiana
⛔ Luisiana tiene una ley completa de gestación subrogada, y la misma norma de 2016 convirtió en delito salirse de ella. Lea primero la disposición penal.
La. R.S. 14:286(B)(1), verbatim: «Será ilícito que cualquier persona celebre, induzca, organice, gestione, anuncie a sabiendas o de otro modo colabore en un contrato de gestación subrogada, escrito o no escrito, que no cumpla los requisitos del R.S. 9:2718 y siguientes.»
La pena, apartado (C): «una multa que no exceda de cincuenta mil dólares o prisión con o sin trabajos forzados por no más de diez años, o ambas.»
⚠️ «Organice, gestione, anuncie a sabiendas o de otro modo colabore» es una descripción del trabajo de agencia.
Y el marco permitido es estrecho. El § 9:2718 limita los acuerdos exigibles a aquellos en que los padres de intención «no solo están casados entre sí, sino que además crean al niño usando únicamente sus propios gametos». Ambas partes deben estar domiciliadas en Luisiana 180 días, un médico debe certificar la necesidad médica, un tribunal debe aprobar antes de la transferencia — y el § 9:2720(C) prohíbe la compensación de plano.
Ivy no gestiona procesos en Luisiana. Esta página expone la ley y su límite.
Leyes de subrogación en Louisiana
El régimen de Luisiana es el capítulo 1-C del título 9, §§ 9:2718 a 9:2720.15, promulgado por la Ley 494 de 2016 — junto con la disposición penal que la misma ley insertó en el título 14.
La disposición penal
R.S. 14:286(B)(1): es ilícito que cualquier persona «celebre, induzca, organice, gestione, anuncie a sabiendas o de otro modo colabore en un contrato de gestación subrogada … que no cumpla los requisitos del R.S. 9:2718 y siguientes». El (B)(3) extiende lo mismo a cualquier acuerdo de gestante genética, «con o sin compensación». El (B)(4) alcanza el pago para inducir a una gestante «a consentir un aborto». (C): multa de hasta $50,000, prisión con o sin trabajos forzados de hasta diez años, o ambas.
Quiénes pueden participar
§ 9:2718: el legislador «limitó los acuerdos de gestación subrogada exigibles a aquellos en que quienes contratan a la gestante no solo están casados entre sí, sino que además crean al niño usando únicamente sus propios gametos».
El § 9:2718.1 define «padres de intención» como «una pareja casada que aporta cada uno exclusivamente sus propios gametos para crear su embrión», y «gestante» como la mujer que lleva un embrión «al que no hace ninguna contribución genética».
§ 9:2720.1: la gestante debe tener «al menos veinticinco años y no más de treinta y cinco», y «haber dado a luz al menos un hijo».
⛔ § 9:2719, íntegro: «Un contrato de gestante genética será absolutamente nulo.»
Sin compensación
§ 9:2720(C): «Ninguna persona celebrará un contrato de gestación subrogada por compensación … Cualquier contrato de esa clase celebrado en el estado de Luisiana o en cualquier otro estado será absolutamente nulo e inexigible en el estado de Luisiana por ser contrario al orden público.»
⚠️ Note el alcance de esa última frase: un contrato firmado en otro estado es nulo aquí. El § 9:2720.5(B)(3) enumera los únicos pagos permitidos: gastos médicos reales; consejería hasta seis meses después del parto; salarios perdidos solo cuando se ha prescrito reposo en cama; viajes, costas y honorarios de abogado; y una transacción sancionada judicialmente por muerte o pérdida de la capacidad reproductiva.
Las dos órdenes
§ 9:2720.3: un procedimiento sumario antes de la transferencia, mantenible solo si la gestante «y cada uno de los padres de intención han estado domiciliados en este estado al menos ciento ochenta días», y un médico independiente y certificado por junta en obstetricia y ginecología o endocrinología reproductiva certifica por declaración jurada que la transferencia es «médicamente necesaria» — definido como que la madre de intención «ha sido diagnosticada como infértil», o tiene una condición en que el embarazo «crearía un riesgo grave de muerte o un deterioro sustancial e irreversible de una función corporal importante».
§ 9:2720.5: el tribunal deberá fijar la audiencia dentro de sesenta días y, tras esa audiencia, podrá dictar una Orden Previa a la Transferencia de Embriones que aprueba el contrato y «declara que los padres de intención serán reconocidos como los padres legales».
§ 9:2720.13: si el nacimiento ocurre «dentro de los trescientos días siguientes a la transferencia», deberá presentarse una moción de Orden Posterior al Nacimiento — con el acta original, una rendición de cuentas de honorarios y cargos y la verificación del médico de que la gestante «no estaba embarazada al momento de la transferencia». La orden confirma la filiación y ordena «que se cree una nueva acta de nacimiento … y que la original quede sellada».
⚠️ De modo que la orden final llega después del nacimiento, aunque la aprobación preceda a la concepción.
Otras disposiciones que importan
El § 9:2720(D) anula cualquier cláusula que exija a la gestante «consentir la terminación del embarazo», incluso ante un diagnóstico prenatal de discapacidad o para reducción fetal. El § 9:2720.2 le da a la gestante «autoridad exclusiva sobre las decisiones médicas durante el embarazo», exige dos sesiones de consejería separadas por al menos treinta días antes de firmar y una dentro de los seis meses posteriores, y obliga a los padres de intención a aceptar la custodia «con independencia de cualquier discapacidad del niño». § 9:2720.7: audiencias «en despacho o a puerta cerrada», registros sellados. § 9:2720.10: tras la transferencia, «el incumplimiento … no da derecho a la resolución». § 9:2720.15: la Orden Posterior al Nacimiento solo puede anularse por fraude o coacción, en un año (cualquier otro) o dos años (un padre de intención).
Información general, no asesoramiento legal.
Para padres intencionales
⛔ Ivy no gestiona procesos en Luisiana. Eso se refiere a dónde se realiza el proceso, no a dónde vive usted: un padre de intención residente en Luisiana puede hacer un proceso en un estado donde sí trabajamos. La restricción local es esta. La razón es el R.S. 14:286(B)(1), que declara ilícito que cualquier persona «celebre, induzca, organice, gestione, anuncie a sabiendas o de otro modo colabore en» un contrato de gestación no conforme, con la pena del (C): «una multa que no exceda de cincuenta mil dólares o prisión con o sin trabajos forzados por no más de diez años, o ambas».
Luisiana sí permite la gestación subrogada — dentro de un marco estrecho. Todo esto debe cumplirse:
- Una pareja casada que «aporta cada uno exclusivamente sus propios gametos» (§ 9:2718.1). ⛔ Sin óvulo donado, sin esperma donado, sin embrión donado y sin padre de intención soltero.
- Ambos padres de intención y la gestante domiciliados en Luisiana al menos 180 días (§ 9:2720.3).
- Una declaración jurada de necesidad médica de un médico independiente certificado por junta: la madre de intención «diagnosticada como infértil», o un embarazo que «crearía un riesgo grave de muerte o un deterioro sustancial e irreversible de una función corporal importante».
- Aprobación judicial antes de la transferencia (§ 9:2720(B)), y después una Orden Posterior al Nacimiento obligatoria (§ 9:2720.13).
- Ninguna compensación. § 9:2720(C) — y un contrato «celebrado en el estado de Luisiana o en cualquier otro estado» que pague a la gestante es nulo aquí.
Una asimetría que conviene entender antes de empezar. El § 9:2720.2 exige que usted certifique que la gestante «tiene autoridad exclusiva sobre las decisiones médicas durante el embarazo», y que acepte la custodia «con independencia de cualquier discapacidad del niño».
Contáctenos y le diremos con claridad qué podemos y qué no podemos hacer.
Costo de la subrogación en Louisiana
⛔ No hay un precio de Ivy para Luisiana, porque Ivy no coloca procesos aquí — y la estructura de costos habitual no solo no está disponible: está prohibida.
La compensación está vedada y la prohibición es penal. El § 9:2720(C) hace «absolutamente nulo e inexigible» un contrato de gestación compensado, y el R.S. 14:286(B)(2) declara ilícito que una parte — o cualquiera que actúe en su nombre — «haga o acuerde hacer desembolsos» distintos de los reembolsos enumerados.
⭐ Lo que puede pagarse, de forma exhaustiva (§ 9:2720.5(B)(3)): gastos médicos reales; consejería de salud mental hasta seis meses después del parto; salarios perdidos reales solo cuando se ha prescrito reposo en cama por una complicación materna o fetal; viajes, costas y honorarios de abogado reales; y cualquier transacción sancionada judicialmente por muerte, pérdida de la capacidad reproductiva u otra complicación.
Los costos reales aquí son procesales. Un procedimiento sumario en el tribunal de adopciones, una declaración jurada de necesidad médica de un médico independiente, verificaciones de antecedentes y de órdenes de protección, dos sesiones de consejería antes de firmar y una después, y una segunda moción para la Orden Posterior al Nacimiento — con una rendición de cuentas de cada honorario y cargo presentada ante el tribunal.
Y una comisión de agencia queda de lleno en la zona que describe el R.S. 14:286(B)(1) — «organice, gestione, anuncie a sabiendas o de otro modo colabore» — siempre que el contrato de base no sea conforme. No localizamos ninguna acusación reportada, así que trátelo como una exposición que un abogado debe evaluar, no como un resultado asentado. Para lo que cuesta un proceso donde Ivy sí trabaja, vea padres de intención o contáctenos.
Proceso de subrogación en Louisiana
⛔ No hay un proceso de Ivy que describir en Luisiana, porque Ivy no empareja aquí. Lo que sigue es la secuencia que fija la propia ley.
- Verifique primero el límite penal. El R.S. 14:286(B)(1) declara ilícito «celebrar, inducir, organizar, gestionar, anunciar a sabiendas o de otro modo colaborar en» un contrato no conforme, con una pena de hasta $50,000 y diez años.
- Confirme la elegibilidad antes que nada. Una pareja casada que use solo sus propios gametos; una gestante de 25 a 35 años que haya dado a luz; y 180 días de domicilio en Luisiana para la gestante y cada padre de intención (§ 9:2720.1, § 9:2720.3).
- Obtenga la declaración jurada de necesidad médica de un médico independiente certificado por junta en obstetricia y ginecología o endocrinología reproductiva.
- ⭐ Consejería antes de firmar: la gestante debe certificar dos sesiones separadas por al menos treinta días (§ 9:2720.2).
- Presente el procedimiento sumario en el tribunal de adopciones y obtenga la Orden Previa a la Transferencia (§ 9:2720.5) — audiencia dentro de sesenta días y constatación de que los gastos están previstos y de que la gestante «no recibirá compensación alguna salvo» los reembolsos enumerados.
- Transferencia, embarazo y parto, con la gestante conservando la autoridad exclusiva sobre las decisiones médicas y sin cláusula exigible de terminación.
- Solicite la Orden Posterior al Nacimiento dentro del plazo legal — el nacimiento debe ocurrir «dentro de los trescientos días siguientes a la transferencia», y la moción requiere el acta original, una rendición de cuentas de honorarios y cargos y la verificación del médico (§ 9:2720.13).
- Se expide la nueva acta de nacimiento y la original queda sellada.
Contáctenos y seremos francos sobre dónde trabajamos.
Para gestantes
⛔ Ivy no acepta solicitudes de gestantes residentes en Luisiana. Esto es lo que el derecho de Luisiana le da y lo que no.
No puede recibir compensación. El § 9:2720(C) prohíbe un contrato de gestación «por compensación», y el § 9:2720.5(B)(3) enumera los únicos pagos permitidos: gastos médicos reales; consejería hasta seis meses después del parto; salarios perdidos solo cuando se ha prescrito reposo en cama por una complicación materna o fetal; viajes, costas y honorarios de abogado; y una transacción sancionada judicialmente si usted muere o pierde la capacidad reproductiva.
⭐ Lo que la ley sí le da es inusualmente fuerte, y conviene conocerlo.
- El § 9:2720.2 obliga a los padres de intención a certificar que usted tiene «autoridad exclusiva sobre las decisiones médicas durante el embarazo, conforme a los derechos de una mujer embarazada que lleva a su propio hijo biológico».
- El § 9:2720(D) hace absolutamente nula cualquier cláusula que le exija «consentir la terminación del embarazo», incluso ante un diagnóstico prenatal de discapacidad, o para reducción fetal.
- Los padres de intención deben aceptar la custodia «con independencia de cualquier discapacidad del niño», y deben tener «un testamento válido o un plan sucesorio».
- Debe completar dos sesiones de consejería separadas por al menos treinta días antes de firmar, y una dentro de los seis meses posteriores al parto.
- El § 9:2720.7 mantiene la audiencia cerrada y los registros sellados.
Los requisitos los fija la ley: § 9:2720.1 — de 25 a 35 años al firmar, y haber dado a luz al menos un hijo. Usted y los padres de intención deben estar domiciliados en Luisiana 180 días.
Si alguien le ofrece un arreglo pagado en Luisiana, esa oferta es justamente lo que aborda el R.S. 14:286. Hable con un abogado de Luisiana antes de firmar nada.
Requisitos para gestantes en Louisiana
⛔ Ivy no acepta solicitudes de residentes de Luisiana, así que los criterios de Ivy no aplican. De forma inusual, Luisiana fija los suyos por ley — y son más estrechos que los de la mayoría de las agencias.
§ 9:2720.1, íntegro: la gestante deberá, al momento de firmar el contrato, «(1) Tener al menos veinticinco años y no más de treinta y cinco. (2) Haber dado a luz al menos un hijo.»
Además, del resto del capítulo:
- 180 días de domicilio en Luisiana — para usted y cada padre de intención (§ 9:2720.3).
- Dos sesiones de consejería, separadas por al menos treinta días, antes de firmar, con un trabajador social clínico, psicólogo, psicólogo médico, psiquiatra o consejero licenciado — y una sesión posterior al parto dentro de seis meses (§ 9:2720.2).
- Usted no debe hacer ninguna contribución genética. El § 9:2718.1 define a la gestante como quien lleva un embrión «al que no hace ninguna contribución genética», y el § 9:2719 hace «absolutamente nulo» un contrato de gestante genética.
- Su cónyuge también firma si usted está casada (§ 9:2720(A)), y certifica con usted la renuncia.
- ⛔ Los padres de intención deben ser una pareja casada que use solo sus propios gametos. Si alguno recurre a un donante, el arreglo queda fuera del capítulo — y lo que está fuera del capítulo es el R.S. 14:286.
Consulte a un abogado de Luisiana antes de que empiece nada médico, y pregúntele específicamente si el arreglo encaja en el capítulo.
Compensación de las gestantes en Louisiana
⛔ No hay paquete de compensación en Luisiana, y no es cuestión de la política de Ivy. § 9:2720(C): «Ninguna persona celebrará un contrato de gestación subrogada por compensación … Cualquier contrato de esa clase celebrado en el estado de Luisiana o en cualquier otro estado será absolutamente nulo e inexigible en Luisiana por ser contrario al orden público.»
«Compensación» se define de forma amplia: § 9:2718.1(1), «dinero, objetos, servicios o cualquier otra cosa con valor monetario», excluyendo solo los reembolsos permitidos.
Lea las dos listas en paralelo, porque no son idénticas. La norma civil de aprobación, § 9:2720.5(B)(3), enumera cinco categorías; la disposición penal de desembolsos, R.S. 14:286(B)(2), enumera solo cuatro y omite la transacción sancionada judicialmente. ⛔ Por eso esta página no trata todo lo permitido civilmente como un puerto seguro penal.
La lista civil (§ 9:2720.5(B)(3)):
- Gastos médicos reales para la atención prenatal y los incidentes al parto
- Gastos reales de consejería de salud mental, antes del parto y hasta seis meses después
- Salarios perdidos reales, pero solo cuando se ha prescrito reposo en cama por una complicación materna o fetal y usted trabaja y no puede hacerlo
- Costos reales de viaje relacionados con el embarazo y el parto, costas judiciales y honorarios de abogado
- Una transacción o sentencia sancionada judicialmente por su muerte, pérdida de la capacidad reproductiva u otra complicación causada por la transferencia o el embarazo
Y la sanción aquí es penal, no solo contractual. El R.S. 14:286(B)(2) hace ilícitos los desembolsos fuera de esa lista, y el (C) prevé multa de hasta $50,000, prisión con o sin trabajos forzados de hasta diez años, o ambas.
Si le ofrecen un arreglo pagado en Luisiana, lleve esa oferta a un abogado de Luisiana antes que a ningún otro sitio. Para lo que es la compensación donde Ivy trabaja, vea la página de compensación.
Clínicas de FIV en Louisiana
⚠️ Ivy no empareja en Luisiana, así que nada aquí es una recomendación para un proceso de subrogación. Un lector del estado puede seguir buscando atención de fertilidad.
No hemos verificado ninguna práctica de fertilidad de Luisiana para esta página. En lugar de repetir un listado de directorio, esta sección lo dice. Cuando listamos una clínica comprobamos su propio sitio web, incluido el estado en el que está — comprobación que esta página no ha completado para Luisiana.
Pregunte directamente a cada práctica qué partes de un ciclo de FIV o con gestante realiza, dónde está su laboratorio y si acepta ciclos con gestante.
Y en Luisiana la cuestión jurídica va primero, no segunda. Una transferencia realizada bajo un contrato que no cumple el R.S. 9:2718 y siguientes es justamente la situación que aborda el R.S. 14:286(B)(1), y la ley exige que la Orden Previa a la Transferencia exista antes de que la transferencia ocurra. Aquí el orden importa de un modo que no importa en otros sitios.
Recursos locales
Disposición penal: R.S. 14:286(B) — ilícito «celebrar, inducir, organizar, gestionar, anunciar a sabiendas o de otro modo colaborar en» un contrato no conforme, o cualquier acuerdo de gestante genética; (C) hasta $50,000 y diez años.
Capítulo habilitante — título 9, capítulo 1-C: § 9:2718 (pareja casada, solo sus propios gametos) · § 9:2718.1 (definiciones de compensación, gestante, padres de intención) · § 9:2719 (contrato de gestante genética «absolutamente nulo») · § 9:2720 (escrito; aprobación judicial antes de la transferencia; sin compensación, incluidos contratos celebrados en otro estado; sin cláusula de terminación forzada) · § 9:2720.1 (25–35, un parto previo) · § 9:2720.3 (180 días de domicilio; necesidad médica) · § 9:2720.5 (Orden Previa a la Transferencia; reembolsos permitidos) · § 9:2720.13 (Orden Posterior al Nacimiento, 300 días) · § 9:2720.15 (anulación solo por fraude o coacción).
Actas de nacimiento: R.S. 40:34.1(B) y § 40:34.5(C) — con un contrato exigible, los padres biológicos son los padres en el registro. ⚠️ El § 40:32(1) todavía define «padres biológicos» por referencia a una gestante «emparentada por sangre o afinidad», una cláusula anterior a 2016 que no localizamos autoridad que reconcilie con la ley de 2016.
Jurisprudencia: Foret v. Serrano, 2023 CW 1034 (La. App. 1 Cir. 2024), 395 So. 3d 876 — una decisión publicada de un tribunal de apelación surgida de un nacimiento con gestante. ⚠️ La presunción matrimonial del art. 185 no se aplicó porque ningún cónyuge dio a luz; se denegó el recurso. No decidió si un contrato conforme a la ley de Luisiana es exigible, y no localizamos decisión de la Corte Suprema sobre el capítulo.
Para padres de intención de China: en la tabla oficial de distritos consulares de la Embajada China, Luisiana figura en el distrito de Houston — pero esa misma tabla indica que el trabajo del consulado de Houston fue «asumido por la Embajada China». Confirme con la Embajada los requisitos y citas vigentes antes de planificar el viaje.
Ivy: Ivy no gestiona procesos en Luisiana. Contáctenos. Cerca: Texas · Arkansas · Oklahoma.
Preguntas frecuentes sobre la subrogación en Louisiana
¿Es legal la gestación subrogada en Luisiana?
⭐ La gestación subrogada es legal en Luisiana, pero solo dentro de un marco legal estrecho — una pareja casada que use solo sus propios gametos, ellos y la gestante domiciliados en Luisiana 180 días, una declaración jurada de necesidad médica, aprobación judicial antes de la transferencia y ninguna compensación (R.S. 9:2718 y ss.). Fuera de ese marco es un delito. El R.S. 14:286(B)(1) declara ilícito «celebrar, inducir, organizar, gestionar, anunciar a sabiendas o de otro modo colaborar en» un contrato no conforme, con pena de hasta $50,000 y diez años. La subrogación tradicional está prohibida sin más.
¿Puede una gestante recibir pago en Luisiana?
⛔ No. § 9:2720(C): «Ninguna persona celebrará un contrato de gestación subrogada por compensación … Cualquier contrato de esa clase celebrado en Luisiana o en cualquier otro estado será absolutamente nulo e inexigible en Luisiana por ser contrario al orden público.» Un contrato firmado en otro estado también es nulo aquí. Solo se permiten reembolsos — gastos médicos reales, consejería hasta seis meses después del parto, salarios perdidos solo con reposo prescrito, viajes, costas y honorarios, y una transacción sancionada judicialmente (§ 9:2720.5(B)(3)).
¿Quién puede ser padre o madre de intención en Luisiana?
⛔ Una pareja casada, y solo si cada uno aporta sus propios gametos. El § 9:2718.1 define «padres de intención» como «una pareja casada que aporta cada uno exclusivamente sus propios gametos para crear su embrión», y el § 9:2718 dice que el legislador «limitó los acuerdos de gestación subrogada exigibles» exactamente a eso. Así que óvulo donado, esperma donado, embrión donado y padre de intención soltero quedan fuera de la ley. Y fuera de la ley es donde opera el R.S. 14:286.
¿Qué requisitos hay para ser gestante en Luisiana?
⭐ Los fija la ley, no una agencia. § 9:2720.1, íntegro: al firmar, la gestante debe «(1) Tener al menos veinticinco años y no más de treinta y cinco. (2) Haber dado a luz al menos un hijo.» Súmele 180 días de domicilio en Luisiana para ella y cada padre de intención, dos sesiones de consejería separadas por al menos treinta días antes de firmar más una dentro de los seis meses posteriores, y la firma de su cónyuge si está casada. No debe hacer ninguna contribución genética — un contrato de gestante genética es «absolutamente nulo» según el § 9:2719.
¿En qué consiste el requisito de necesidad médica?
⭐ Luisiana no aprobará un contrato sin él. El § 9:2720.3(B)(4) exige que un médico independiente certificado por junta en obstetricia y ginecología o endocrinología reproductiva, que haya tratado a la madre de intención, presente «una declaración jurada firmada que certifique que la transferencia de embriones con una gestante es médicamente necesaria». El (B)(5) define el término: la madre de intención debe estar «diagnosticada como infértil», o tener una condición en que el embarazo «crearía un riesgo grave de muerte o un deterioro sustancial e irreversible de una función corporal importante más allá del riesgo habitual del embarazo y el parto». La conveniencia no califica.
¿Luisiana emite una orden prenatal?
⭐ Sí — y antes de lo que suele significar una orden prenatal. El § 9:2720.5 prevé una Orden Previa a la Transferencia de Embriones — dictada antes de la concepción — que aprueba el contrato y «declara que los padres de intención serán reconocidos como los padres legales». Pero la orden final sigue llegando después del nacimiento. El § 9:2720.13 dispone que si el nacimiento ocurre «dentro de los trescientos días siguientes a la transferencia», deberá presentarse una moción de Orden Posterior al Nacimiento, que ordena «crear una nueva acta de nacimiento … y sellar la original». Planifique ambas.
¿Quién toma las decisiones médicas durante el embarazo?
⭐ La gestante, y la ley lo dice en términos fuertes. El § 9:2720.2(B)(1) exige que los padres de intención certifiquen por escrito que «reconocen que la gestante tiene autoridad exclusiva sobre las decisiones médicas durante el embarazo, conforme a los derechos de una mujer embarazada que lleva a su propio hijo biológico». Y el § 9:2720(D) hace absolutamente nula cualquier cláusula que le exija «consentir la terminación del embarazo» — incluso ante un diagnóstico prenatal de «discapacidad, deterioro, variación genética o cualquier otra condición de salud», o para reducción fetal. Conviene entenderlo antes de empezar, no después.
¿Qué pasa si los padres de intención se arrepienten?
⭐ La ley cierra esa puerta en dos lugares. El § 9:2720.2(B)(2) exige que los padres de intención certifiquen que «aceptan la custodia y asumen plenos derechos y responsabilidades parentales sobre el niño inmediatamente al nacer, con independencia de cualquier discapacidad del niño», y el (B)(4) que tengan «un testamento válido o plan sucesorio que establezca la custodia si ambos padres de intención fallecen antes del nacimiento». Y el § 9:2720.10: «Tras la transferencia de embriones, el incumplimiento del contrato no da derecho a la resolución.» Después de la transferencia, marcharse no es un remedio que la ley reconozca.
¿Se permite la subrogación tradicional en Luisiana?
⛔ No, y está prohibida por partida doble. El § 9:2719, íntegro: «Un contrato de gestante genética será absolutamente nulo.» Y el R.S. 14:286(B)(3) lo penaliza: es ilícito que cualquier persona «celebre, induzca, organice, gestione, anuncie a sabiendas o de otro modo colabore en un acuerdo de gestante genética, con o sin compensación, escrito o no escrito». Fíjese en «con o sin compensación» — a diferencia de las reglas gestacionales, aquí el pago no es lo que activa la prohibición.
¿Cómo funciona el acta de nacimiento en Luisiana?
⭐ La ley lo resuelve directamente, así que no hay que buscar un formulario departamental de nacimiento — aunque el R.S. 40:93 sí crea una Parte de recopilación de datos sobre gestantes. R.S. 40:34.1(B): «En el caso de un niño nacido de una gestante como resultado de un contrato de gestación exigible … los padres biológicos serán considerados los padres del niño», y el § 40:34.5(C) lista al padre biológico como padre. Después, el § 9:2720.13 ordena una nueva acta y sella la original. Fíjese en la palabra «exigible»: todas estas disposiciones pasan por ella.
¿Son públicos los procedimientos judiciales?
⛔ No. § 9:2720.7: «Todos los procedimientos regidos por este capítulo serán conocidos por el juez en despacho o en audiencia cerrada, y nadie será admitido salvo las partes interesadas, sus abogados y los funcionarios del tribunal.» Con los registros va más lejos: «Los registros judiciales de estos procedimientos y las identidades de las partes de un contrato de gestación serán sellados», divulgables solo por solicitud al tribunal y bajo las reglas de confidencialidad de las adopciones. Una Orden Posterior al Nacimiento solo se anula por fraude o coacción — en un año, o dos si la cometió un padre de intención (§ 9:2720.15).
Fuentes
- La. R.S. 14:286 — sale of minor children and other prohibited activities; penalties — It shall be unlawful for any person to enter into, induce, arrange, procure, knowingly advertise for, or otherwise assist in a gestational carrier contract not in compliance with R.S. 9:2718 et seq. A person convicted shall be fined not more than fifty thousand dollars or imprisoned with or without hard labor not more than ten years, or both.
- La. R.S. 9:2718 — purpose and intent — The legislature has restricted the range of enforceable gestational surrogacy agreements to those in which the parties who engage the gestational surrogate not only are married to each other, but also create the child using only their own gametes. Acts 2016, No. 494.
- La. R.S. 9:2718.1 — definitions — Compensation means a payment of money, objects, services, or anything else having monetary value, excluding the reimbursements permitted by R.S. 9:2720.5(B)(3). Intended parents means a married couple who each exclusively contribute their own gametes to create their embryo. A gestational carrier makes no genetic contribution.
- La. R.S. 9:2719 — contract for a genetic gestational carrier; nullity — A contract for a genetic gestational carrier shall be absolutely null. Acts 2016, No. 494.
- La. R.S. 9:2720 — enforceability of gestational carrier contract — Enforceable only if in writing and signed by the carrier, her spouse if married, and both intended parents, and only if approved by a court in advance of in utero embryo transfer. No person shall enter into such a contract for compensation; any such contract executed in this or any other state is absolutely null and unenforceable in Louisiana.
- La. R.S. 9:2720.1 — parties to a gestational carrier contract — A gestational carrier shall, at the time the gestational carrier contract is executed, be at least twenty-five years of age and no older than thirty-five years of age, and have given birth to at least one child.
- La. R.S. 9:2720.3 — proceeding to approve gestational carrier contract — Maintainable only if the gestational carrier and each of the intended parents have been domiciled in this state for at least one hundred eighty days and an independent board-certified physician certifies by affidavit that in utero embryo transfer with a gestational carrier is medically necessary.
- La. R.S. 9:2720.5 — Order Preceding Embryo Transfer — After a hearing within sixty days the court may approve the contract and declare that the intended parents shall be recognized as the legal parents, on finding that the gestational carrier will receive no compensation other than the reimbursements the section lists.
- La. R.S. 9:2720.13 — Post-Birth Order — Upon birth within three hundred days after in utero embryo transfer, a motion shall be filed with the original birth certificate, an accounting of fees and charges, and physician verification. The court issues an order confirming legal parentage and directing that a new birth certificate be created and the original sealed.
- La. R.S. 40:34.1 — original birth certificate; required contents — In the case of a child born of a surrogate birth parent as a result of an enforceable gestational carrier contract, as provided in R.S. 9:2720, the biological parents shall be considered the parents of the child.
- La. R.S. 40:32 — definition of terms — Biological parents means a husband and wife, joined by legal marriage recognized as valid in this state, who provide sperm and egg for in vitro fertilization when the resulting fetus is carried and delivered by a surrogate birth parent who is related by blood or affinity to either the husband or wife.
- Foret v. Serrano, 2023 CW 1034 (La. App. 1 Cir. 2024) — A published First Circuit decision arising from a gestational carrier birth in Texas during the parties marriage. The court held that Civil Code article 185 marital presumption did not apply because no spouse gave birth, and denied the writ. It did not decide whether a compliant Louisiana carrier contract is enforceable.
- La. R.S. 40:93 — gestational carrier data collection — The purpose of this Part shall be the compilation of relevant maternal life and health factors and data concerning gestational carriers to the extent that it is authorized by law. Acts 2016, No. 494, section 4.
- Chinese Embassy — consular districts in the United States — The official table places Louisiana in the district of the Chinese Consulate General in Houston, with Alabama, Arkansas, Florida, Georgia, Mississippi, Oklahoma, Texas and Puerto Rico.
¿Listo para Comenzar Su Viaje?
Ya sea que esté buscando convertirse en gestante o iniciar su familia a través de la subrogación, estamos aquí para guiarle en cada paso del camino.